Política de Acceso con Animales
En La Casa Encendida, todos los animales de compañía son bienvenidos. Sin embargo, antes de venir con tu animal, debes tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Se permite el acceso de animales domésticos de compañía al Punto de Información, Patio, zonas de tránsito y Terraza de La Casa Encendida, siempre que estén bien educados, sean mayores de un año y no tengan problemas de conducta.
- No se permite el acceso de animales de compañía a las zonas expresamente señaladas como restringidas ni a los espacios mencionados en el punto anterior, cuando en ellos se esté desarrollando alguna actividad. No obstante, se garantiza el acceso de perros guía y perros de asistencia a todas las áreas del centro, de acuerdo con la legislación vigente.
- El acceso está limitado a 15 animales de manera simultánea en todo el centro. Se podrá limitar el acceso en horarios en que se produzca un tránsito intenso de personas (especialmente niños). Además, se podrán establecer límites adicionales en caso de que coincidan varios animales simultáneamente en un mismo espacio. Estas medidas han sido adoptadas por Fundación Montemadrid, entidad titular de La Casa Encendida, como un criterio interno de orden y convivencia, de acuerdo a su facultad para establecer condiciones de acceso por motivos de seguridad e higiene. Quedan excluidos de este cómputo los perros de asistencia, ya que su derecho de acceso no puede ser restringido ni sometido a cupos conforme a la legislación específica aplicable.
- Los animales deben ir, cuando proceda, con la guía de sanidad y en las condiciones higiénico sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente. Es responsabilidad del propietario, del portador o acompañante del animal cumplir con dicha medida, y asumir las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
- El acceso del animal debe cumplir los siguientes requisitos:
- a) Todos los perros deben ir sujetos por una correa no extensible de una longitud máxima de un metro y medio.
- b) Deben llevar bozal homologado todos los perros considerados potencialmente peligrosos según el Real Decreto 287/2002: Perros de raza: Pitbull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa inu, Akita inu.
- c) Los animales domésticos pequeños, distintos de perros, deberán ser transportados en receptáculos idóneos y que no resulten peligrosos ni molestos por su forma, volumen, ruido y olor para el resto de usuarios.
- Por salud pública, los animales no deben depositar sus deyecciones dentro del centro.
- Queda prohibido el suministro de alimentos a los animales en el centro.
- La persona responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasionen los animales a las personas, bienes o dependencias del centro en general, será su portador o acompañante, y la persona propietaria del perro será su responsable subsidiaria.
- Fundación Montemadrid se reserva el derecho de admisión, el personal del centro será quien lo valore según su prudencial criterio y conocimiento.
Fundación Montemadrid impulsa esta normativa para La Casa Encendida como parte de una iniciativa para favorecer los espacios pet-friendly de forma responsable. Estas reglas se aplican con carácter experimental y podrán ser revisadas periódicamente a la luz de la experiencia y de posibles cambios legales. Muchas gracias por tu colaboración.
